sábado, 28 de abril de 2012

Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 1
La Plata, 4 de enero de 2012.

Modificar la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, que fuera aprobada por Resolución Normativa N° 75/09

Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 16
La Plata, 18 de abril de 2012.
Incorporar en el artículo 22 de la Resolución Normativa Nº 64/10,
como último párrafo, el siguiente:
“Lo previsto en el primer párrafo de este artículo no resultará aplicable en aquellos supuestos en los cuales esta Agencia de Recaudación detecte que los reclamos formulados no reunían las condiciones de procedencia previstas en el presente Capítulo. En tales casos se generará la imposibilidad de presentar, durante el mismo año calendario, nuevos reclamos de acuerdo con lo previsto en este Capítulo y se procederá, de corresponder, de conformidad con lo establecido por el segundo párrafo del artículo 24 de la presente Resolución”.
El artículo mencionado tiene que ver con la posibilidad de obtener hasta tres (3) Certificados de Reducción Total y Temporaria consecutivos o alternados, dentro de un mismo período fiscal.

Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 17
La Plata, 18 de abril de 2012.
Sustituir el cuarto párrafo del artículo 441 de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 1/04 (texto según la Resolución Normativa Nº 37/11), por el siguiente:
“Los certificados obtenidos tendrán vigencia por el plazo de un (1) año contado a partir de la fecha de su emisión. En todos los casos esta Autoridad de Aplicación podrá ejercer sus facultades de verificación y control con posterioridad a la emisión de los mismos”.
Con esta resolución cambia la vigencia de los certificados que,antes era hasta el 31/12 del año de otorgamiento y ahora por 1 año desde su emisión