martes, 6 de noviembre de 2012

COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL Resolución General 6/2012


Comisión Arbitral Convenio Multilateral 18.8.77
COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL
Resolución General 6/2012
Apruébase el Módulo Consultas del Sistema SIFERE WEB.
Bs. As., 31/10/2012
VISTO:
Las Resoluciones Generales de Comisión Arbitral Nº 09/2005 (SIFERE), 03/2008 (PADRON
WEB), 84/2002 (SIRCAR), 104/2004 (SIRCREB), 92/2003 (SIRPEI) y sus modificatorias;
y,
CONSIDERANDO:
Que dada la demanda creciente de los contribuyentes respecto a la utilización de nuevas tecnologías en su relación con la administración, resulta necesario actualizar las modalidades para la liquidación de las Declaraciones Juradas mensuales, operando mediante métodos que garanticen razonablemente la auditoría y una mayor confiabilidad de la información contenida en las mismas.

Que para ello, las Jurisdicciones se encuentran trabajando en forma conjunta a través de la Comisión Arbitral, en el desarrollo e implementación de una nueva versión del aplicativo SIFERE en un entorno web (SIFERE Web), integrando los sistemas existentes con el uso de un navegador en Internet.

Que se incorporan en el SIFERE Web funcionalidades superadoras a las existentes en el aplicativo anterior, con mejoras sustanciales para las jurisdicciones y contribuyentes atento a que el sistema vincula los datos registrados en la base de la Comisión Arbitral en función a lo actuado por el contribuyente y agentes a través de los distintos sistemas de recaudación, disponiéndose así de información única, uniforme y actualizada de padrón y con la posibilidad de efectuar un mejor control de la carga de deducciones sufridas por los contribuyentes.

Que el Módulo Consultas, mejorará la atención al contribuyente al proporcionar una herramienta que le permitirá conocer toda la información que de él existe en los Sistemas de la Comisión Arbitral. Para ello, estará a su disposición sus antecedentes del Padrón historial de declaraciones juradas presentadas y/o pagadas como asimismo la información sobre retenciones, percepciones y recaudaciones bancarias declaradas por los respectivos Agentes de Recaudación.

Por ello:
LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18-08-77)
RESUELVE:

Artículo 1º) Aprobar el Módulo Consultas del Sistema SIFERE WEB, que permitirá a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, consultar información existente en los Sistemas de Comisión Arbitral. El mismo operará a través del sitio www.sifereweb.gov.ar.

Art. 2º) El uso de la información incluida en este módulo es de exclusiva responsabilidad de los contribuyentes. Todos los datos disponibles son de carácter informativo y responden a lo declarado por los mismos, como así también por los agentes de recaudación.

Art. 3º) A fin de acceder al Sistema que se aprueba por la presente, los contribuyentes utilizarán para su identificación e ingreso la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual será autenticada por dicho Organismo en cada oportunidad que ingresen al mismo. Para operar por primera vez, deberá efectivizarse en la Opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio de AFIP, la incorporación de una nueva relación en el servicio “Convenio Multilateral - SIFERE WEB - Consultas”.

Art. 4º) Las disposiciones de la presente regirán a partir del 1º de noviembre de 2012.

Art. 5º) Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario Salinardi.

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